miércoles, 20 de junio de 2012

Facilidades para los emprendedores: nueva ley



LEY DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS

El objetivo de la Ley es minimizar los pasos para iniciar una actividad, reduciendo el número de trámites, agilizando los plazos de presentación y resolución de expedientes, así como simplificando la presencia de las administraciones implicadas. En este sentido, esta reglamentación, promovida por el Ejecutivo regional, obliga a que las administraciones tengan que resolver y notificar su autorización en un plazo máximo de tres meses con carácter general y cinco meses cuando sea necesario la intervención de los cabildos insulares. Otro de los aspectos destacables de la Ley, aprobada por el Parlamento de Canarias el pasado mes de marzo, es que la ausencia de respuesta por parte de las administraciones, es decir, el silencio administrativo, será positivo y automático, con carácter general, salvo que exista un informe de calificación negativo.

Este marco normativo, que surge ante la necesidad de adaptar la Ley vigente a la Directiva Bolkestein, responde a las necesidades de los emprendedores que requieren de Autorización para ejercer una actividad que se considere molesta (Bares, Restaurantes, etc). A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley de Actividades Clasificadas, los promotores de nuevos negocios ahorrarán tiempo y dinero, porque tan sólo tendrán que comunicarlo previamente a las corporaciones locales, a través de un escrito avalado por los redactores del proyecto, técnicos cualificados, que serán, en definitiva, responsables de la legalidad de la iniciativa.

Asimismo, la entrada en vigor de esta normativa, supondrá la necesidad de reforzar el servicio de inspección, ya que una vez iniciada la actividad será preciso comprobar por parte de las administraciones que el establecimiento cumple con todos los requisitos para su funcionamiento. Lo que conllevará que aquellas actividades que no cumplan con la normativa serán sancionadas o clausuradas posteriormente al inicio de la actividad.

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